sábado, 25 de septiembre de 2010

Facturación electrónica disminuye fraudes y evasión fiscal: SAT

Facturación electrónica disminuye fraudes y evasión fiscal: SAT

Con la factura electrónica se genera una mayor seguridad jurídica, dificultando la generación de comprobantes apócrifos que afectan la economía formal, por lo que su uso disminuye los riesgos de fraude y de evasión fiscal, comentó la administradora local del Servicio de Administración Tributaria (SAT), Leticia Janeth Martínez Medina.

Explicó que los nuevos mecanismos de comprobación fiscal se aplicarán a partir del 1 de enero de 2011.

Actualmente, refirió, existen los comprobantes fiscales impresos y, desde 2005, la facturación electrónica como un esquema opcional.

La reforma al artículo 29 del Código Fiscal de la Federación dispone que a partir del 1 de enero de 2011 los contribuyentes deban expedir documentos digitales como comprobantes por las actividades que realicen, lo que supone una transición de un esquema opcional a un uso generalizado de facturación electrónica.

Detalló que como parte del esquema de transición, los contribuyentes que al 1 de enero de 2011 tengan comprobantes impresos, podrán seguir utilizándolos hasta que se agote su vigencia de dos años.

Para los contribuyentes con ingresos acumulables iguales o menores a cuatro millones de pesos al año, el proceso de transición también prevé que puedan seguir expidiendo comprobantes fiscales impresos, los cuales contendrán un elemento de seguridad adicional que será proporcionado, sin costo, por el SAT.

Para ello, los mismos contribuyentes deberán pedir la aprobación de folios a través del portal de Internet del SAT utilizando su Firma Electrónica Avanzada (Fiel) e imprimirlos desde su casa, negocio, café internet, impresor, etcétera, con lo que los mecanismos de emisión de comprobantes se amplían de manera importante.

Los contribuyentes con ingresos superiores a cuatro millones de pesos al año podrán emitir comprobantes impresos con código de barras, sólo para operaciones cuyos montos no superen los dos mil pesos.

Beneficios

Durante 2010, el uso de la factura electrónica es opcional para cualquier contribuyente, por lo que los contribuyentes que actualmente expiden comprobantes impresos pueden migrar al esquema de facturación electrónica en cualquier momento.

Lo anterior implica que para quienes ya optaron u opten por el uso de la facturación electrónica durante 2010, se les respetará el uso de los modelos vigentes, considerando, además, que los contribuyentes que emiten facturas electrónicas a través de proveedores actuales podrán seguir operando éste esquema, durante el primer semestre de 2011.

Los actuales impresores autorizados podrán ofrecer una gama muy amplia de servicios al contribuyente, como puede ser la renta de equipo e internet a quien no disponga de los mismos, impresión de comprobantes con características especiales y en altos volúmenes.

Adicionalmente, cualquier impresor podrá brindar los servicios al contribuyente de impresión de comprobantes fiscales, con lo que se ampliará el número de prestadores de servicios y la diversificación de sus funciones.

Los contribuyentes que utilizan la facturación electrónica han visto sus beneficios en materia de seguridad, disminución de costos, optimización de controles internos, impulso de mejores procesos tecnológicos y cambio de prácticas, por lo que han ido incrementando paulatinamente su uso, disminuyendo o eliminando la emisión de comprobantes impresos.

A la fecha se han expedido más de 849 millones de facturas electrónicas, de las cuales cerca del 56 por ciento se han emitido sólo en lo que va de 2010.
El uso de la factura electrónica genera importantes beneficios para el desarrollo económico del país, toda vez que al disminuir los costos de facturación se propicia aumento en la competitividad, se promueve la modernización tecnológica de los negocios, se simplifican los procedimientos administrativos internos y se facilita el cumplimiento de las obligaciones fiscales.
por SILVIA CHAVELA RIVAS


  • agosto 2009

  • julio 2009

  • junio 2009

  • mayo 2009

  • abril 2009

  • marzo 2009

  • febrero 2009

  • enero 2009

  • diciembre 2008

  • noviembre 2008

  • octubre 2008

  • septiembre 2008

  • agosto 2008

  • julio 2008

  • junio 2008
  • No hay comentarios: